domingo, 16 de noviembre de 2008

Los Derechos Sexuales del Niño y la Mujer

Ponencia:

SITUACION ACTUAL
DE LOS DERECHOS SEXUALES
DEL NIÑO Y LA MUJER
Yayes B. Cruz Alejandro. UNET. Venezuela. yayesoci@hotmail.com

















CONTENIDO


1.- INTRODUCCIÓN
2. SITUACION ACTUAL DE LOS DERECHOS SEXUALES DEL NIÑO.
3. SITUACION ACTUAL DE LOS DERECHOS SEXUALES DE LA MUJER.
4. RESEÑA DE ALGUNOS EVENTOS CIENTIFICOS Y POLITICOS EN PRO
DE LA CONQUISTA DE LOS DERECHOS SEXUALES DEL NIÑO Y LA
MUJER..
5. PROPUESTA DE PROGRAMA REGIONAL, MUNICIPAL E
INSTITUCIONAL DE EDUCACION SEXUAL.
6. CONCLUSIONES.
7.- BIBLIOGRAFÍA.
8.- CURRÍCULO VITAE.















SITUACION ACTUAL DE LOS DERECHOS SEXUALES DEL NIÑO Y LA MUJER
(Current situation of the sexual rights of the child and the woman)
Yayes, C.
Coordinación de Extensión Agraria.
Universidad Nacional Experimental del Táchira.
Email: yayesoci@hotmail.com
Temática: Diversidad Cultural y Derechos Humanos
Los derechos sexuales del niño, niña y adolescente han sido reconocidos en nuestro país, con la promulgación de la Ley Orgánica del Niño, Niña y Adolescente en 1998. Un largo camino de investigación y luchas ha precedido esta conquista. Presentamos algunos elementos importantes: las teorías acerca de la sexualidad infantil y logros de los sectores sexológicos, revelando los obstáculos de naturaleza socio cultural y mayormente religiosa en este campo conflictivo. Sobre los derechos sexuales de la mujer hacemos un abordaje más profundo y remoto en lo cultural, religioso y político por cuanto en este ámbito se han librado y siguen librando fuertes combates. Realizamos una reseña de algunos eventos mundiales de naturaleza política y sexológica, en los cuales se han conquistado mayores espacios de equidad y reconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos. Quedaría incompleta esta presentación sobre los derechos sexuales del niño y la mujer; sin un acercamiento al desarrollo de la sexología clínica y la acción política de la OMS y otros organismos multilaterales. Presentamos dentro de las conclusiones para el estudio y la discusión una propuesta de creación de un programa regional, municipal e institucional de educación sexual; el cual esperamos sea de utilidad para la toma de decisiones en pro de la defensa y promoción de los derechos sexuales del niño y la mujer. Bibliografía basada en la Biblia, Leyes del Niño y Mujer de Venezuela, Documentos de la OMS, ONU, la Organización Mundial de Sexología, Obras varias de Freud y otros sexólogos..
Palabras Claves: Niño, Mujer, Derechos Sexuales, Leyes, Sexología.














1. ACTUALIDAD DE LOS DERECHOS SEXUALES DEL NIÑO.

En octubre de 1.998 el anciano presidente Rafael Caldera ponía el ejecútese a la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNA). Esta Ley consagra en el Artículo 50 los derechos sexuales, que ninguna Ley antes se había atrevido a mencionar. Fue reformada en diciembre del año pasado y ese Artículo quedó intacto. Luego solamente la Ley de la Juventud y la Ley de los “Viejos” lo han hecho también. Las dos leyes promulgadas sobre la Mujer no se han atrevido a hacerlo de forma expresa, en positivo. Esto tendría que romper o superar la tradición de regular desde nuestros fundamentos religiosos judeocristianos que han regulado la sexualidad a través de leyes, que han oprimido o llevado hasta a la muerte especialmente a las mujeres y a otros que se salen de la “normalidad” de ciertas prácticas sexuales o para reprimir otras conductas, caracterizadas como “contrarias a la naturaleza” por ejemplo, la homosexualidad.
Pongámonos de cara con nuestra propia experiencia de niños, niñas, adolescentes, hombres, mujeres o adultos mayores (ya no “viejo” ni anciano) frente a la letra del Artículo 50 de la LOPNA, a ver si podemos comprender, interpretar y valorar su significado y su sentido.

“Salud Sexual y Reproductiva. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser informados y educados, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos.
El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños y adolescentes. Estos servicios y programas deben ser accesibles económicamente, confidenciales, resguardar el derecho a la vida privada de los niños y adolescentes y respetar su libre consentimiento, basado en una información oportuna y veraz. Los adolescentes mayores de 14 años de edad tienen derecho a solicitar por si mismos y a recibir servicios.”.

Comencemos por hacer esta observación: se necesitaron dieciocho meses para que entrará en vigencia esta Ley (o1-04-2000) y han pasado diez años y sobre este Artículo han saltado por encima, ignorándolo, inclusive las organizaciones públicas que se crearon para asegurar que se cumpla.
La LOPNA la han aplicado para censurar la información sexual no solamente a niños sino también a adultos, inclusive a profesionales de la sexología. Uno entra a un Cyber y quiere consultar algo que lleve el nombre de sexo y no puede abrir esa página, se cierra inmediatamente. ¿Donde quedan los derechos a ser “informados y educados”? Peor aún ¿cómo alcanzaran la “salud sexual y reproductiva” sin la información y educación sexual? ¿Cuando prepararemos para “una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos”?
La vigencia y aplicación del Artículo 50 de esta Ley; que además de lo anterior, exige al Estado y a la sociedad civil: “garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños y adolescentes”, encuentra los mismos obstáculos que en 1.907, hace 101 años, Sigmund Freud los dejó plenamente identificados a través de cinco interrogantes, en una carta pública al doctor M. Fürst , quien le preguntó respecto a si era conveniente dar educación sexual a los niños y a que edad. Sobre si era conveniente le respondió simplemente que eso no se debería preguntar en esa época, porque debería ser algo en lo que todos estuvieran de acuerdo. Había estudios y publicaciones suficientes desde hacía años que lo dejaban completamente establecido.
1. “¿Qué se intenta alcanzar negando a los niños –o, si se quiere a los adolescentes-tales explicaciones sobre la vida sexual humana?”.
2. “¿Se teme quizás despertar prematuramente su interés por estas cuestiones, antes que nazca espontáneamente en ellos?”
3. “¿Se espera con semejante ocultación encadenar el instinto sexual hasta la época en que sea posible dirigirlo por los caminos que el orden social considera lícitos?”.
4. “¿se supone acaso que los niños no mostrarán interés alguno hacia los hechos y los enigmas de la vida sexual si no se atrae su atención sobre ellos?”.
5. “¿Se cree quizás que el conocimiento que se les niega no se persigue realmente y con toda seriedad el propósito de que más tarde juzguen todo lo sexual como algo bajo y despreciable, de lo cual procuraron mantenerlos alejados el mayor tiempo posible sus padres y maestros?”. Ibid. Pág. 8.
Si solamente pudiéramos nosotros respondernos un siglo después estas preguntas nos estaríamos aproximando a encontrar respuestas que nos hemos hecho sobre la vigencia y aplicación del Artículo 50 expuesto. Sin embargo, Freud no se enfoca solo sobre el niño, sino que también hace una consideración directa al comportamiento de los adultos que niegan eso que para él se presenta como obvio, la educación sexual a niños y jóvenes: “Lo que impulsa a los adultos a observar esta conducta de “disimulo” para con los niños es, desde luego, la mojigatería usual y la propia mala conciencia en lo concerniente a la sexualidad, pero quizá también cierta ignorancia teórica, a la que no es imposible poner remedio” Y, luego afirma: “La verdad es que el recién nacido trae ya consigo al mundo su sexualidad” Ibid. Pág. 9.
Al final de la carta se refiere positivamente a algunos avances realizados por el Estado francés sobre la sustitución del catecismo por un tratado elemental de los derechos y deberes del ciudadano, sin embargo deja asentado; “Pero esta instrucción elemental resultará lamentablemente incompleta si no incluye lo referente a la vida sexual. Es ésta una laguna a cuya desaparición deben tender los esfuerzos de los pedagogos y los reformadores”.Ibid. Pág. 14. Señala con claridad, lo cual se ha confirmado en más de un siglo de historia que en los Estados donde se ha dejado la educación en manos de las Ordenes religiosas: “El sacerdote no admitirá jamás la igualdad esencial del hombre y el animal, pues no puede renunciar al alma inmortal, que le es precisa para fundar en ella la moral.”. Ibid. Pag. 14. Concluye con lo que debería ser una alerta para todos los espacios y tiempos que han definido las luchas por las conquistas de los derechos sexuales del hombre y en especial de los más débiles jurídica, política, social y culturalmente, las mujeres y los niños: “Queda así demostrado, una vez más, cuán necio es poner a un traje destrozado un remiendo de paño nuevo y cuán imposible llevar a cabo una reforma aislada sin transformar las bases del sistema”. Pág. 14.
Desde esa perspectiva histórica de mano de Freud ahora si considero que podemos apreciar la actualidad de los Derechos Sexuales del Niño en Venezuela o cualquier otra región del mundo atrasado y condicionado todavía por una religión profundamente cimentada sobre posiciones negativas ante el sexo.
Mayores dificultades encontramos cuando nos adentramos en los laberintos de lo jurídico y político que pesa sobre los derechos sexuales: La noción de derechos sexuales cuenta en Venezuela con una Ley que los consagra, pero con muy poco respaldo institucional por carencia de los adultos quienes nacieron, crecieron, fueron educados y han vivido ajenos a esos derechos y sin programas y servicios que los hagan verdaderamente vigentes. Esos derechos permanecen ajenos, distantes a nuestra realidad política, cultural, pedagógica. Se incluyeron en la Ley debido a la Convención Internacional de los Derechos del Niño que los contempló y obligó a los Estados a tenerlos en cuenta. Todas las luchas de los sectores científicos sexológicos (fuera de las universidades y organismos del Estado) que llevaban décadas luchando a favor de programas de educación sexual; en el gobierno de Jaime Lussinchi, fueron derrotados y enterrados en la frustración, después de años de trabajos en la creación de un programa de educación sexual para todos los niveles del sistema educativo desde preescolar hasta la universidad y bastó una llamada del Cardenal Lebrún a Lussinchi movido el primero por los sectores más radicales anti sexo, liderado por una señora de nombre Cristina Volmer y Provive y con ella el Opus Dei, para acabar con todo lo construido por consenso de sectores de avanzada, que incluía a la propia iglesia venezolana, en la persona del padre Genaro Aguirre que también quedó sumergido en la frustración como educador y como religioso. De ese rotundo fracaso histórico en contra de los derechos sexuales de todo un país, apenas se pudo rescatar unos objetivos de “educación sexual” a partir del segundo grado hasta sexto grado. En segundo grado se enunciaba de esta manera: “Reproducción de plantas, animales y el hombre”. Ese objetivo se desarrollaba lo de la planta, los animales (el huevo y los pollitos y la mamá gallina sin el p…. del gallo) y de la reproducción del hombre, sin ninguna referencia a lo sexual, “la semillita” que sustituyó a la cigüeña o la unión del “el espermatozoide con el óvulo”, sin que “papá le introdujera el pene en la vagina a mamá”. Es decir reproducción sin sexo. Eso ha llevado a una reproducción sin control de adolescentes y hasta niñas que se ha convertido en un problema de dimensión social y político que no hay manera de frenar su expansión, sobre todo en los sectores pobres, que no tienen al alcance de las clínicas abortivas que hacen su negocio redondo con las niñas y adolescentes de las clases pudientes.
Desde el año pasado con los cursos de capacitación nacional a los docentes en servicio, se ha establecido dentro del programa de trescientas horas una valiosa capacitación de los docentes sobre la temática sexual, junto al tema de los derechos humanos, las tics, el medio ambiente y otros temas. El resultado real muy lejos de lo formal: docentes facilitadores capacitando a docentes sin ellos haber sido capacitados. El resultado: se siguen siendo prisioneros del ciclo de la ignorancia sexual, una constante en la historia de nuestros pueblos. Por esta vía se encuentran muy lejos los niños, adolescentes y jóvenes de una educación sexual para la salud sexual, reproductiva y la equidad de género y mucho más lejos de una paternidad, maternidad sana, responsable, libre, consciente. Siguen siendo víctimas de la violencia sexual, de la pornografía infantil, la prostitución infantil, los embarazos tempranos, los abortos clandestinos (asépticos para las pobres) y de forma más grave la expansión en este grupo de niños y jóvenes del VIH-SIDA.
Veamos dos leyes más que contemplan Derechos Sexuales y la realidad socio cultural política pedagógica nos llevan a las mismas conclusiones. Derechos que se quedan en letra muerta. Carencias de los derechos a la educación sexual, a la salud sexual y reproductiva que enferman y matan a los seres humanos y son obstáculos al desarrollo sustentable de las naciones y a la felicidad de los pueblos alrededor de una condición que por su naturaleza es fuente de felicidad.
Para concluir con este tema de los derechos sexuales del niño, comparto con la audiencia lo que dijo un obispo viejo, monseñor Antonio Arellano Durán, Obispo de San Carlos, después de ver centenares de problemas que manifestaron más de ochenta participantes de un taller que él organizó y nosotros lo facilitamos en marzo de 1.990: “ Profesor, nunca me imaginé siquiera, que algo que Dios creó para ser fuente de felicidad se haya convertido en fuente de tantos sufrimientos”. Más adelante en la medida que avanzábamos en la lectura de los problemas, dijo otra expresión con mayor angustia: “Si todos estos problemas lo viven quienes son profesionales y tienen con que pagar servicios especializados, leer libros ¿cuánto más vivirán los hombres y mujeres pobres de las ciudades y los campos?”.









2. SITUACION ACTUAL DE LOS DERECHOS SEXUALES DE LA MUJER.

Una vez expuesto lo anterior sobre los derechos del niño comenzamos con una afirmación que sonará para muchos y muchas en este recinto como lapidaria. A la mujer las Leyes venezolanas que se han promulgado para su protección y defensa no se han atrevido siquiera a enunciar como se hace en la LOPNA, en la Ley de la Juventud y la de los Ancianos, alguno de los derechos sexuales como tales y de forma taxativa, en positivo. Se le ha dado un rodeo y se ha detenido como haciendo una especie de cortafuego en enunciaciones que podemos leer en la Ley Orgánica: la violencia sexual; Acceso carnal violento, Prostitución forzada; Esclavitud sexual; Acoso sexual; Violencia obstétrica. Todo lo contrario, una inmensa brecha respecto al derecho de las mujeres a la salud sexual o al orgasmo, sobre el cual se atrevió a proponer una valiente mujer ecuatoriana, diputada a la Asamblea Constituyente que redactó la Constitución aprobada recientemente en referéndum. En respuesta una burla en el seno de la Asamblea y los medios de comunicación y escándalo en los sectores mojigatos y de doble moral respecto a las mujeres con caretas de moralismos.
Resulta que cuando se trata de legislar sobre los derechos sexuales de la mujer los legisladores mayoritariamente del sexo masculino se encuentran con los muros insalvables de una cultura machista, de privilegios masculinos, derechos consagrados por la tradición y de origen divino que pone en inferioridad a las mujeres. Todo arropado, escondido, silenciado por los tabúes sexuales y alimentados para decir lo menos por prejuicios profundos y crímenes inconfesables y de los cuales santas instituciones se hacen cómplices inclusive con legislaciones y normas para salvaguardarse del escándalo publico que está por encima de todos los derechos humanos. Cosa que funcionó hasta hace poca en la gran mayoría de las familias honorables, que protegían sus honras a costa de abortos, enclaustramientos de las hijas embarazadas o el exilio o la expulsión a la calle de las que se dejaban embarazar en una sociedad donde se tenía solo un método anticonceptivo (no hacer el sexo, la abstinencia, virginidad) o muy pocas más ilustradas el expediente a las relaciones anales.
Los derechos sexuales en general y de forma más especial los de la mujer, participan tanto de la naturaleza de los derechos civiles y políticos, como de los derechos sociales y económicos, por tanto, su determinación legal debe tomar en cuenta ambas categorías. A partir de derechos civiles y políticos de honda tradición, como el derecho a la igualdad y a la no discriminación, que son de exigibilidad inmediata, se puede alcanzar el respeto de diversos derechos sexuales (por ejemplo, la libre orientación sexual de las personas). Pero esto no es suficiente, pues la mayoría de las prácticas discriminatorias encuentran sustento en omisiones legislativas. Si bien los derechos civiles y políticos dan contenido significativo a los derechos sexuales, usualmente favorecen que sólo se reconozca su aspecto negativo (protestas frente a las abstenciones del Estado), mientras que los derechos sociales y económicos abundan en la faceta positiva, mediante la necesaria creación de condiciones que faciliten su ejercicio.
La socio cultura nos pone muy lejos de lo anterior y encuentra su raíz en un aspecto muy conocido por todas y todos nosotros cristianos de cualquier denominación: Veamos el Primer Libro de la Biblia:




La , educados y vivido ajenos a esos derechos y sin los servicios que lo hacen reales.con un incipiente pero sólido proceso de legitimación, fruto de los movimientos político-sociales, tanto de mujeres como de grupos lésbico-gays. Las denuncias políticas contra las violaciones que históricamente han sufrido estos sectores, así como el intento permanente, pero poco sistemático, de dotarlos de un reconocimiento institucional, ha permeado en la conciencia social. Esta postura se ve reflejada en las ciencias sociales, pero no así en el derecho.



, educados y vivido ajenos a esos derechos y sin los servicios que lo hacen reales.con un incipiente pero sólido proceso de legitimación, fruto de los movimientos político-sociales, tanto de mujeres como de grupos lésbico-gays. Las denuncias políticas contra las violaciones que históricamente han sufrido estos sectores, así como el intento permanente, pero poco sistemático, de dotarlos de un reconocimiento institucional, ha permeado en la conciencia social. Esta postura se ve reflejada en las ciencias sociales, pero no así en el derecho.

Desde un punto de vista jurídico no existe una delimitación del término “derechos sexuales”. Propongo definirlos como el conjunto de potestades de toda persona, reconocidas en la Constitución, de ejercer su sexualidad en las mejores condiciones posibles, dentro de los límites impuestos por el respeto de la libertad sexual de los demás, sin que exista ninguna otra restricción.

La invisibilidad legal de los derechos sexuales origina diversos problemas, entre los que destacan la imposibilidad de alcanzar, así sea en forma primaria, su protección legal y el descrédito de la noción misma, pues una vez alcanzada su apropiación política no es posible alcanzar una apropiación legal. El carácter multívoco del concepto de derechos humanos no permite a la mayoría de la población identificar cuándo se está frente a un concepto político y cuándo se trata de uno jurídico.



Los derechos sexuales surge de la perspectiva de los derechos humanos, pero a efectos normativos el vínculo es insuficiente, por cuanto hace al objeto de regulación, que suele ser específico. Así, al hablar de derechos sexuales es necesario enunciar los de las mujeres, adolescentes, personas de la tercera edad, o aquellos que derivan de la orientación sexual que asumen las personas. En conjunto, el reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos permite que su cumplimiento incumba al orden público, pues si bien su desenvolvimiento se produce en el ámbito de la vida privada, su carácter de “irrenunciables” los hacen regulables por el derecho público, para acotar el poder en las relaciones privadas, situación que frecuentemente vulnera los derechos sexuales de uno de los miembros de una pareja. del niño, niña y adolescente han sido reconocidos en nuestro país, con la promulgación de la Ley Orgánica del Niño, Niña y Adolescente en 1998. Un largo camino de investigación y luchas ha precedido esta conquista. Presentamos algunos elementos importantes: las teorías acerca de la sexualidad infantil y logros de los sectores sexológicos, revelando los obstáculos de naturaleza socio cultural y mayormente religiosa en este campo conflictivo.





1.- INTRODUCCION

Presentamos de forma general, un conjunto de aspectos que dan a conocer la lucha que se ha venido dando por más de un siglo en la conquista de los derechos sexuales de niños y mujeres. Ha sido elaborada en base a estudios y trabajos hecho por el autor durante veinticinco años, en el campo de la sexología que ha abarcado un conocimiento directo sobre cultura, creencias, tabúes, actitudes y comportamientos sexuales de mujeres, niños, niñas y adolescentes en doce de los Estados de la República Bolivariana de Venezuela (Táchira, Falcón, Amazonas, Cojedes, Barinas, Monagas, Mérida, Carabobo, Zulia, Apure, Vargas, Portuguesa y Bolívar) y dos Provincias de la República de Cuba (La Habana y Santiago).
El primer capítulo se refiere a la histórica carta abierta publicada en 1907 por Sigmund Freud, sobre la ilustración sexual del niño.
El segundo capítulo se hace a partir de la lectura y análisis de algunos versículos del Génesis, Primer Libro de la Biblia por considerarlo clave en la comprensión del tema de los derechos sexuales de la mujer en toda la civilización occidental de origen judeocristiano.
El Tercer Capítulo comprende la exposición breve de la tesis que venimos manejando en el campo práctico de la pedagogía, terapia y comunicación en el campo sexológico: sin salud sexual no hay educación sexual.
En el cuarto capítulo presentamos una breve reseña sobre las luchas emprendidas por investigadores, líderes sociales, organizaciones no gubernamentales, organismos multilaterales y gobiernos a favor de los derechos sexuales.

En el quinto y último capítulo se hace una selección de los Artículos de la LOPNA y la Ley Orgánica para un Ambiente Libre de Violencia en la Mujer que nos presentan de forma positiva algunos derechos sexuales que se han venido alcanzando por lo menos en la letra y una referencia al Decreto del Ministerio de Salud la República Bolivariana de Venezuela que asoma algunos programas y servicios que vendrían a promover y defender los derechos a la educación y salud sexual del niño y la mujer venezolanos.

Cerramos la ponencia con la conclusión en la que ofrecemos algunas estrategias y líneas de acción para contribuir, desde todos los campos del quehacer científico, profesional e institucional a una mayor conquista de estos derechos sexuales del niño y la mujer, que han encontrado muchos obstáculos en la ignorancia, tabúes, prejuicios, costumbres e intereses institucionales y privilegios. Una especie de común denominador a través de la historia milenaria de nuestra civilización occidental, caracterizada por una poderosa represión sexual fundada y defendida en las palabras del mismo Dios.

2.- EL LIBRO DEL GENESIS: CLAVE EN LA COMPRENSION DE LA
PERDIDA Y NEGACION DE LOS DERECHOS SEXUALES DE LA
MUJER Y EL NIÑO.

La negación de los derechos sexuales de la mujer y el niño la tenemos que buscar en primer lugar en el libro del Génesis; el cual junto con los demás libros que componen la Biblia, ha permitido primero al pueblo judío y luego al cristianismo, darse una antropología sobre la cual se ha construido todo el sistema de creencias, principios, valores, tabúes, normas, leyes, costumbres, ritos, mitos que orientan o han procurado modelar la sexualidad y todas los demás comportamientos e instituciones del hombre occidental cristianizado.

Este libro nos muestra en los primeros tiempos de la creación del hombre por Dios, en el estado o condición de naturalidad, de pureza, de integridad, de salud, bienestar y felicidad muy similar o casi igual a como los primeros conquistadores encontraron a muchos de los pueblos aborígenes americanos o como todavía podemos encontrarlos en pequeñas familias de aborígenes en nuestra Amazonia. A ese período, estadio o estado de la humanidad se le ha conocido como el Edén o el Paraíso. Así se nos presentan: «Los dos estaban desnudos, hombre y mujer, pero no por eso se avergonzaban». (Gn 2,25).

Buscando en los documentos que ha publicado la Organización Mundial de la Salud sobre la salud sexual, considerado uno de los fundamentales derechos sexuales del hombre y en esta oportunidad, aplicado de una manera específica a los de la mujer y el niño, hemos encontrado que el informe “Education and Treatmen in Human Sexuality: The Training of Health Professinals”, publicado en 1.975; presenta como uno de los tres elementos básicos de la salud sexual: “La ausencia de temores, de sentimientos de vergüenza y culpabilidad, de creencias infundadas y de otros factores psicológicos que inhiban la reacción sexual o perturben las relaciones sexuales”. Resulta entonces que por haber comido primero Eva y luego Adán por solicitud o seducción de la mujer también seducida o engañada por un personaje que acompaña al hombre desde ese momento, llamado el Diablo, Satanás, Mandinga, Demonio, Lucifer, Ángel Caído y otros nombres nuevos (como Bush para Chávez o Chávez para Bush); ellos felizmente desnudos terminan lesionando su salud sexual, perdiendo su salud sexual. «Entonces se les abrieron los ojos y se dieron cuenta que estaban desnudos y se hicieron unos taparrabos cosiendo hojas de higuera» (Gn 3,7). Est producido por la vergüenza, el temor que más adelante va a ser relatado: “El hombre y su mujer se escondieron para que Dios no los viera, entre los árboles del jardín.” (Gn 3,8). Primero ante si mismo y ante el otro taparse las partes genitales y luego esconderse y la afectación que los llevó a ello muy claramente auto diagnosticado, cuando Adán afronta la realidad y le dice a Dios, en voy audible e inteligible para todos sus descendientes (escribiríamos en el acta de un juicio) que se estaba celebrando en el Edén: “Oí tu voz en el jardín y tuve miedo, porque estoy desnudo, por eso me escondí”. (Gn 3,10).

Por cuanto la historia no se quedó allí, sino que continuo con mayores lesiones infligida a la salud sexual ahora por Dios precisamente a la mujer y a partir de ella a los niños, niñas y los después adultos hombres y mujeres, se realiza lo que considero la mayor maldad, enfermedad, desequilibrio, agresión, violencia sufrida por la mujer, expresada en las siguientes cortas líneas: Ahora le toca el turno a Dios, el mismo que había dicho al crear al hombre varón y hembra: “vio Dios que todo cuanto había hecho era muy bueno.” (Gn 1,31), ahora contradiciéndose o negando todo derecho, dignidad y bondad: “A la mujer le dijo: multiplicaré tus sufrimientos en los embarazos. Con dolor darás a luz a tus hijos, necesitarás de tu marido, y él te dominará”. (Gn 3,16.).

Hasta aquí podríamos dejar diagnosticada la situación respecto a la pérdida de varios derechos sexuales de la mujer: derecho a la salud, a la libertad, a la integridad, al disfrute del embarazo y el parto, a la equidad sexual respecto al hombre y otros.

Sin embargo como la mujer no existe sola sino que existe en relación al varón, sobre todo cuando asume y ejerce su sexualidad desde la opción de heterosexualidad; consideramos muy iluminador para ver como se decretó y constituyó el sexismo, el machismo, la inequidad, la violencia sexual contra la mujer y los niños a partir del castigo que recibió Adán y la falta de correspondencia con la recibida por Eva. Un castigo distinto y muy lejos del dolor en los testículos, en el pene o durante el coito o la eyaculación. Dios le preservó, no le tocó ni con el pétalo de una rosa la salud sexual del macho, del varón, del hombre, del sexo masculino. Solamente lo colocó en otro plano y otra condición: “Maldita sea la tierra por tu culpa. Con fatiga sacarás de ella tu alimento por todos los días de tu vida. Espinas y cardos te dará, y comerás la hierba del campo. Con el sudor de tu frente comerás el pan hasta que vuelvas a la tierra, pues, de ella fuiste sacado. Porque eres polvo y al polvo volverás”. (Gn, 17-19). Por supuesto que este castigo nunca ha sido asumido por los varones privilegiados de todos los tiempos: los amos en las sociedades esclavistas que hacían recaer este castigo divino sobre sus esclavos, los Señores Feudales en la Edad Media que lo hacía recaer sobre la plebe; los capitalistas sobre los proletarios.
Bien lejos de ese castigo los gobernantes, jefes de familia, de tribus, de reinos y con ellos los sacerdotes y los escribas.
Un suceso peor que el pecado, se nos presenta en el Génesis con la segunda versión de la creación, que ha significado un “error de diseño”, o “falla de programación”, es decir un terrible error por parte de Dios que vio que todo lo que hizo era bueno y cuando hizo al hombre dijo que era muy bueno. Una segunda versión que ha servido de argumento para colocar a la mujer con basamento teológico en una posición de inferioridad respecto al hombre y de la cual no escapó el Apóstol de los Gentiles. Veamos que dice San Paulo: “El hombre no debe cubrirse la cabeza, pues él es imagen de Dios y refleja su gloria mientras que la mujer refleja la gloria del hombre. En efecto, n fue el hombre formado de la mujer sino la mujer del hombre. Ni tampoco creó Dios el hombre para la mujer, sino a la mujer para el hombre. Por lo tanto, en atención a los ángeles, la mujer debe llevar sobre su cabeza el signo de dependencia”. 1 Co 11,7-10.
Si no fuera un fiel católico y por lo tanto hijo de la Madre Iglesia no les presentaría nada más de lo que dijo a los Corintios Pablo en esa carta y mandaría a Pablo a los infiernos del odio a las mujeres, lo convertiría en el peor enemigo de las mujeres y el mayor responsable de la discriminación sexual, política, jurídica y religiosa de la mujer. Pero Pablo continua diciendo algo cualitativamente infinitamente distinto a lo que él mismo dice y lo que realmente dice la segunda versión de la creación del Génesis: “ De la costilla que Yavé había sacado al hombre, formó una mujer y la llevó ante el hombre.”. Gn 2, 22. Retomando a Pablo, escribe: “ Bien es verdad que en el Señor, no se puede hablar de varón sin la mujer, ni de la mujer sin el varón: Pues si Dios ha formado del hombre a la mujer, el hombre nace de la mujer, y ambos vienes de Dios.”. Y, luego un argumento de moda, estilo, costumbre o tradición que hace hoy ridículo a Pablo: “El mismo buen sentido nos enseña que para el hombre es vergonzoso dejarse crecer el pelo, mientras que una larga cabellera es el orgullo de la mujer, y precisamente le ha sido dada para servirle de velo.” Y para colocar a la mujer y a los partidarios de la mujer o de una opinión distinta, deja cerrada la discusión de la forma más dogmática, tirana, dictatorial, que en muchos momentos de la historia de la Iglesia ha sido terriblemente criminal y el cual ha sido defendido por el dogma de la infalibilidad del Papa en asuntos de la doctrina: “De todas maneras, si alguien quiere discutir, sepa que esa no es nuestra costumbre ni es la costumbre en las Iglesias de Dios”.1 Co 16. Todo lo contrario al Magisterio del Señor, que mantenía una especie de rueda de prensa o entrevistas permanentes ( educación dialógica, liderazgo participativo) con sus discípulos, con los doctores de la Ley, con los fariseos, con las mujeres samaritanas, cananeas, con recolectores de impuestos corruptos, con adúlteras y prostitutas. Pero, eso es lo maravilloso de la Iglesia de siempre, que en el mismo autor se dice todo lo contrario. Se parece de alguna forma al Presidente Filósofo de Rubio, quien dijo una vez: “Ni una cosa ni otra, sino todo lo contrario”. Pablo dos versículos después escribe: “Primeramente según lo que oí, cuando se reúnen en asamblea hay divisiones entre ustedes. Y en parte lo creo. Pues, es necesario que haya grupos rivales entre ustedes, a fin de que se vea quienes tienen virtud probada. “.1 Co 18-19. Y, para delimitar reunión, asamblea del Sacramento de la Comunión alrededor del Cuerpo y la Sangre de Cristo y de Cristo Resucitado: ”De manera que su reunión no es la Cena del Señor.”. 1Co 20. “Por lo tanto si alguien come el pan y bebe de la copa del Señor indignamente, peca contra el cuerpo y la sangre del Señor. Por esto que cada uno examine su conciencia cuando va a comer el pan y a beber la copa.”. Para cerrar el diálogo con Pablo y sentirnos unidos y plenamente de acuerdo con él y nuestra Iglesia de Ayer, Hoy y Siempre: “Ustedes son el cuerpo de Cristo, y cada uno en particular es parte de él”. 1Co 27.
Estos análisis de cierta manera han tenido sus antecedentes en obras maestras sobre la explotación del hombre por el hombre y la plusvalía en El Capital de Karl Marx, 1848-50); sobre las teorías de la represión sexual o del principio del placer a favor de la construcción de la civilización o el principio de la realidad ( El Malestar de la Cultura de Sigmund Freud) y más reciente como síntesis del marxismo y psicoanálisis el libro “ Eros y Civilización” de Helbert Marcuse.












3.- CARTA ABIERTA DE FREUD EN 1.907, SOBRE “LA ILUSTRACION
SEXUAL DEL NIÑO”.

“La Ilustración sexual del niño.” (Carta abierta al doctor M. Fürst) publicada en 1907, que tomamos del Libro “Sexualidad infantil y neurosis”; obra de Sigmund Freud, publicada por la Alianza Editorial. Madrid. Sexta reimpresión den 1987; comienza estableciendo al Dr. Fürst que “no esperará usted obtener de mí un tratado completo y minucioso de la cuestión en el que se tenga en cuenta toda la amplísima literatura existente sobre la materia”. Pág. 7 Más adelante, determina el planteamiento que le hace “de si, en general, debe facilitarse a los niños una explicación de los hechos de la vida sexual y, en caso afirmativo, qué edad ha de escogerse para ello y de qué modo ha de llevarse a cabo.” Ibid. Pág 8. A lo cual Freud responde categóricamente: “no concibo cómo pueden existir juicios divergentes en lo que respecta al primero” Ibi. Pág. 8.y luego lanza un número de interrogantes, que vamos a enumerar para darle mayor énfasis, con los cuales queda revelado todo lo que se esconde detrás de la negación de facilitar educación sexual. Citamos:

6. “¿Qué se intenta alcanzar negando a los niños –o, si se quiere a los adolescentes-tales explicaciones sobre la vida sexual humana?”.
7. “¿Se teme quizás despertar prematuramente su interés por estas cuestiones, antes que nazca espontáneamente en ellos?”
8. “¿Se espera con semejante ocultación encadenar el instinto sexual hasta la época en que sea posible dirigirlo por los caminos que el orden social considera lícitos?”.
9. “¿se supone acaso que los niños no mostrarán interés alguno hacia los hechos y los enigmas de la vida sexual si no se atrae su atención sobre ellos?”.
10. “¿Se cree quizás que el conocimiento que se les niega no se persigue realmente y con toda seriedad el propósito de que más tarde juzguen todo lo sexual como algo bajo y despreciable, de lo cual procuraron mantenerlos alejados el mayor tiempo posible sus padres y maestros?”. Ibid. Pág. 8.

Antes esas interrogantes que hace se responde el mismo “No sé, en verdad, en cual de estos propósitos he de ver el motivo de ocultar a los niños, como sistemáticamente se viene haciendo, todo lo concerniente a la vida sexual.”. Ibid. Pág. 8.

Más adelante después de presentar la cita de una carta del gran pensador y filántropo Multatuli como respuesta, hace una consideración directa al comportamiento de los adultos sobre la educación sexual a niños y jóvenes: “Lo que impulsa a los adultos a observar esta conducta de “disimulo” para con los niños es, desde luego, la mojigatería usual y la propia mala conciencia en lo concerniente a la sexualidad, pero quizá también cierta ignorancia teórica, a la que no es imposible poner remedio”. Ibid. Pág. 9. Y, luego afirma: “La verdad es que el recién nacido trae ya consigo al mundo su sexualidad” Ibid. Pág. 9.; una realidad actualmente conocida, comprendida y explicada por todas las ciencias sexológicas, apoyadas en toda la tecnología médica que lo remite antes del mismo nacimiento, en la vida intrauterina.

Al final de la carta se refiere positivamente a algunos avances realizado por el Estado francés sobre la sustitución del catecismo por un tratado elemental de los derechos y deberes del ciudadano, sin embargo deja asentado “Pero esta instrucción elemental resultará lamentablemente incompleta si no incluye lo referente a la vida sexual. Es ésta una laguna a cuya desaparición deben tender los esfuerzos de los pedagogos y los reformadores”.Ibid. Pág. 14. Señala con claridad, lo cual se ha confirmado en más de un siglo de historia que en los Estados donde se ha dejado la educación en manos de las Ordenes religiosas: “El sacerdote no admitirá jamás la igualdad esencial del hombre y el animal, pues no puede renunciar al alma inmortal, que le es precisa para fundar en ella la moral.”. Ibid. Pag. 14. Nosotros decimos y con eso toda la visión antropológica, política, jurídica, social y económica que tratamos en el capítulo anterior.

La conclusión final de la carta representa una alerta para todos los espacios y tiempos que han definido las luchas por las conquistas de los derechos sexuales del hombre y en especial de los más débiles jurídica, política, social y culturalmente, las mujeres y los niños: “Queda así demostrado, una vez más, cuán necio es poner a un traje destrozado un remiendo de paño nuevo y cuán imposible llevar a cabo una reforma aislada sin transformar las bases del sistema”. Pág. 14.

4.- LA SALUD SEXUAL COMO ELEMENTO FUNDAMENTAL EN LA
CONQUISTA DE LOS DERECHOS SEXUALES.

En una consulta de expertos convocada por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la colaboración de la Organización Mundial de Sexología (WAS), realizada en Guatemala en el 2000 se llegó a la siguiente definición de Salud Sexual: “Es la experiencia del proceso permanente de consecución del bienestar físico, psicológico y sociocultural relacionado con la sexualidad”. Esta definición nos coloca en una perspectiva de comprensión de lo valioso, importante, útil, satisfactorio, placentero, bueno y digno de todo programa, servicio, legislación o acción que favorezca o ayude a la conquista de la salud sexual como un derecho humano para el niño y la mujer.

Solamente desde la salud sexual se puede crear y desarrollar programas y servicios de educación sexual que progresivamente vayan conquistando los derechos a la salud, educación sexual, salud reproductiva y equidad de género.

En 1982 cuando iniciamos el postgrado de orientación de la conducta en el Centro de Investigaciones Psiquiátricas, Psicológicas y Sexológicas de Venezuela, bajo la dirección del y Dr. Bianco, apenas nos estábamos asomando a la noción de salud sexual: por cuanto tuvimos que experimentar todo el impacto del diagnóstico clínico y diversas técnicas y programas terapéuticos en nuestra vida personal, en el grupo de alumnos del postgrado, pareja conyugal, grupo familiar y en los pacientes que nos sirvieron para elaborar 10 estudios de casos, requisito en el reglamento del Centro de Investigaciones. Esta noción se no ha venido ampliando posteriormente con los miles de pacientes y participantes en los talleres, conferencias con quienes hemos trabajado el tema sexológico, de forma mayoritaria como lo hemos dicho anteriormente con mujeres, niños, niñas y adolescentes.

A partir de esta experiencia personal, conyugal, familiar y profesional en el campo de la sexología clínica podemos decir que apenas estamos entrando en un proceso de terapia sexual permanente, en vez de entrar en “…el proceso permanente de consecución del bienestar físico, psicológico y sociocultural relacionado con la sexualidad.”, como fue definido anteriormente. Solamente después de un diagnóstico adecuado y completo de nuestra condición de pacientes sexológicos, es cuando podemos entrar en la conquista de progresivos y permanentes espacios de salud, dada la socio-cultura de tabú, represión y patologización de la sexualidad en la que hemos nacido, crecido y vivido nuestra sexualidad.

Los expertos de las Instituciones citadas anteriormente también señalan respecto a la salud sexual algo todavía más comprensible: “La salud sexual se observa en las expresiones libres y responsables de las capacidades sexuales que propician un bienestar armonioso personal y social, enriqueciendo de esta manera la vida individual y social. No se trata simplemente de la ausencia de disfunción o enfermedad o de ambos. Para que la salud sexual se logre es necesario que los derechos sexuales se reconozcan y se garanticen.”.

Pero ha sido la definición de la OMS en 1975 la que nos descubre de forma más precisa lo que es la salud sexual, como “…la integración de los elementos somáticos, emocionales, intelectuales y sociales del ser sexual, por medio que sean positivamente enriquecedores y que potencien la personalidad, la comunicación y el amor".; la cual se puede identificar a través los tres siguientes elementos básicos de la salud sexual: "1. La aptitud para disfrutar de la actividad sexual y reproductiva, y para regularla de conformidad con una ética personal y social. 2. La ausencia de temores, de sentimientos de vergüenza y culpabilidad, de creencias infundadas y de otros factores psicológicos que inhiban la reacción sexual o perturben las relaciones sexuales. 3. La ausencia de trastornos orgánicos, de enfermedades y deficiencias que entorpezcan la actividad sexual y reproductiva.".

Solamente la referencia a la salud sexual, reproductiva y la equidad de género sobre todo en las mujeres, se puede comprender y valorar lo que significa los derechos de la educación sexual para los niños, niñas y adolescentes y al hombre en general.

5.- LUCHA MUNDIAL Y NACIONAL POR LOS DERECHOS SEXUALES.

Los derechos sexuales y reproductivos se encuentran protegidos por la legislación internacional referente a derechos humanos y otros documentos de las Naciones Unidas ; entre los principales instrumentos legales internacionales que los apoyan se tienen los siguientes : Declaración Universal de los Derechos Humanos (1.948); Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos (1.976); Pacto de Derechos Económicos y Sociales (1.976); Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1.981) ; Convención sobre los Derechos del Niño (1.990), declaración y Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Derechos Humanos, Viena (1.993), Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, El Cairo (1.994), Programa de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer, Bejjin (1.995).
Es importante señalar que la denominación "derechos reproductivos" tiene un origen reciente: fue adoptada en la Reunión Internacional sobre Mujeres y Salud en Amsterdam (1984). Se podría tomar este hecho como el comienzo de una larga marcha del movimiento de mujeres a nivel mundial para ampliar los alcances del concepto de derechos humanos. Casi una década después, en 1993 en, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que se realizó en Viena, los Estados aceptaron considerar como una violación a los derechos humanos a toda violación de los derechos específicos de las mujeres. La iniciativa y participación de las mujeres en esta Conferencia produjo un cambio trascendental en la teoría de los derechos humanos, pues se estableció que los derechos humanos pueden disfrutarse tanto en lo público como en lo privado y por lo tanto, pueden violarse en ambos ámbitos. Allí se definió que los derechos humanos son universales, independientes e indivisibles.
En varias instancias internacionales, luego de Viena, las mujeres participaron aportando sus investigaciones, propuestas y reclamos, con el objetivo de afirmar y desarrollar lo ya conquistado: en 1994 en El Cairo, en 1995 en Beijing, además de participar en redes regionales e internacionales, foros de ONGS, etc.
En este proceso se ha ido revisando y ampliando el concepto de derechos humanos. Su agenda había estado limitada a los abusos del Estado, desconociendo otros ámbitos. Por lo tanto se pone en discusión la ampliación y redefinición del contrato social, contrato en el que históricamente las mujeres no estuvieron presentes, ni en sus definiciones ni en su condición de sujetos políticos. La diferencia fue siempre interpretada como carencia y su resultado fue la desigualdad, una desigualdad que requería tutela.
Ha sido y es un camino de progreso, pero también de tensiones. En el Tercer Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, conocido como “La Mujer en el año 2000: Igualdad, Desarrollo y Paz en el Siglo XXI”, se hizo el balance de la implementación de las recomendaciones de la Plataforma de Acción de Beijing (PAM o Beijing + 5). Allí hubo tensiones, pues grupos conservadores intentaron impedir la adopción de un documento final.
Respecto a los derechos sexuales, reproductivos y equidad de género que tocan de forma profunda la dignidad de la mujer encuentra a partir de loslos trabajos de investigación de grupos de sexólogos que han tenido en Estados Unidos una importante representación con Alfred Kinsey (23-06-1898 –15-08-56); Master y Jonson (1915–2001 y 1925– ) y Helen Kaplan (1.929 – 1.995); quienes han logrado abrirse espacios desde sus institutos privados en alianza con algunas prestigiosas universidades norteamericanas.
En España han hecho igualmente un valioso trabajo de investigación y divulgación el sexólogo López Ibor.

En Venezuela las figuras más representativas han sido de la vieja guardia (década de los 609 , los doctores Díaz Bruzual y Carrera Damas y los más actuales los doctores Fernando Bianco, Rubén Hernández y la psicóloga Aminta Parra que hoy están realizando una divulgación de la sexología, Bianco recientemente en VTV los sábados con el programa Consexo y con más tiempo Hernández y Parra en Globovisión los domingos con el programa Momentum (lo bueno del sexo).

Una característica común a los norteamericanos y europeos, ha sido que se han desarrollado los programas y servicios sexológicos a partir de organizaciones no gubernamentales, por cuanto las universidades al igual que los organismos de salud y educación han estado impermeabilizados para asumir esta temática y por lo tanto ajenos, indiferentes a estos fundamentales derechos humanos.

Al lado de los científicos han estado activas organizaciones sociales de mujeres, de las minorías sexuales en la lucha por los derechos sexuales de las mujeres y los niños. Últimamente el Estado Venezolano ha venido promulgando leyes (Lopna, 1.998 - 2007) y creando programas y servicios por desarrollar si encuentran como lo hemos señalado anteriormente hombres y mujeres que asuman sus derechos a la salud sexual y trabajen por los derechos a la salud reproductiva y equidad de género.

Las organizaciones nacionales, regionales y mundiales de sexología han sido las líderes en la lucha por la conquista de los derechos sexuales durante más de tres décadas de su existencia. Luchas que han venido realizando en colaboración con organismos multilaterales de salud, educación, población adscritos a la Organización de las Naciones Unidas, otras instituciones gubernamentales regionales y Estados.
Un ejemplo de ello, la siguiente declaración sobre los derechos sexuales de la Asociación Mundial de Sexología:






Declaración sobre
los derechos sexuales
La sexualidad constituye el origen del vínculo más profundo entre los seres humanos y de su realización efectiva depende el bienestar de las personas, las parejas, la familia y la sociedad. Es, por lo tanto, su Patrimonio más importante y su respeto debe ser promovido por todos los medios posibles.
1 Derecho a la libertad que excluye todas las formas de coerción, explotación y abusos sexuales en cualquier momento de la vida y en toda condición. La lucha contra la violencia constituye una prioridad.
2 Derecho a la autonomía, integridad y seguridad corporal. Este derecho abarca el control y disfrute del propio cuerpo libre de torturas, mutilaciones y violencias de toda índole.
3 Derecho a la igualdad y la equidad sexual, se refiere a estar libre de todas las formas de discriminación. Implica respeto a la multiplicidad y diversidad de las formas de expresión de la sexualidad humana, sea cual fuere el sexo, género, edad, etnia, clase social, religión y orientación sexual a la que pertenece.
4 Derecho a la salud mental. Incluyendo la disponibilidad de recursos suficientes para el desarrollo de la investigación y conocimientos necesarios para su promoción. El sida y las ETS requieren de aún más recursos para su diagnóstico, investigación y tratamiento.
5 Derecho a la información amplia, objetiva y verídica sobre la sexualidad humana que permita tomar decisiones respecto a la propia vida sexual.
6 Derecho a una educación sexual integral desde el nacimiento y a lo largo de toda la vida. En este proceso deben intervenir todas las instituciones sociales.
7 Derecho a la libre asociación. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de disolver dicha unión y de establecer otras formas de convivencia sexual.
8 Derecho a la decisión reproductiva libre y responsable. Tener o no hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el acceso a las formas de regular la fecundidad. El niño y la niña tienen derecho a ser desea
dos y queridos.
9 Derecho a la vida privada que implica la capacidad de tomar decisiones autónomas con respecto a la propia vida sexual dentro de un contexto de ética personal y social. El ejercicio consciente racional y satisfactorio de la sexualidad es inviolable e insustituible.
XIII Congreso Mundial de Sexología
Valencia, España. 1997.





6.- LOS DERECHOS SEXUALES DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES
Y LA MUJER EN LA LEGISLACION VENEZOLANA.

La Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente promulgada en octubre de 1.998 por el presidente Caldera, que entró en vigencia el 01 de abril del 2000 y fue reformada en diciembre del año 2007 aparece como la primera Ley que consagra de manera expresa los derechos referidos a la educación sexual, reproductiva. Esto lo podemos leer en el: “Artículo 50. Salud Sexual y Reproductiva. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser informados y educados, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos.

El Estado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños y adolescentes. Estos servicios y programas deben ser accesibles económicamente, confidenciales, resguardar el derecho a la vida privada de los niños y adolescentes y respetar su libre consentimiento, basado en una información oportuna y veraz. Los adolescentes mayores de 14 años de edad tienen derecho a solicitar por si mismos y a recibir servicios.”.

Pocos hemos visto hacer desde que entró en vigencia esta Ley por parte de los organismos creados a partir de ella y con mayor responsabilidad en su protección, difusión y desarrollo, como son el Consejo Nacional de Derechos del Niño y Adolescente (CNDNA) y los Consejos Estadales de los Derechos del Niño y Adolescente (CEDNA) y los creados a nivel Municipal y los Ministerios y demás organismos de Educación y Salud. Por supuesto que podemos comprender que ha hecho falta más que voluntad, deseo o ganas de acuerdo a lo que hemos dicho sobre la salud sexual de los adultos para trabajar en consecuencia con estos derechos.

Otra referencia de gran relevancia ha sido a publicación de la “Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva”, desde el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, por Decreto Nº 364 publicado en Gaceta Oficial Nº 37.705 de fecha, 0 de junio de 2003 es el resultado de un prolongado proceso que sintetiza esfuerzos y luchas de importantes sectores de la sociedad venezolana para construir una plataforma programática institucionalice esta área.”.

Encontramos también pero desde un tratamiento negativo, por cuanto se refiere más a la violencia sexual, reproductiva y las ofensas contra el género, nos encontramos con una Ley recientemente aprobada como es la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

Podemos leer algunos Artículos, que se refieren a los derechos que estamos tratando: Artículo 5. Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha… Artículo 7. Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías. Artículo 8. Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer. Artículo 9. Esclavitud sexual: Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual. Artículo 10. Acoso sexual: Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación. Otros .Violencia obstétrica: Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres. Esterilización forzada: Se entiende por esterilización forzada, realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva.

11. CONCLUSIONES.

Un primera conclusión que podemos hacer tiene que ver con una verdad que resalta en toda nuestra exposición respecto a la brecha entre lo jurídico y político ante la realidad de lo cotidiano, tanto publico y privado en la conquista de todos los derechos humanos a través de la historia y en todos los espacios geográficos de todas las civilizaciones del pasado y del presente y que se vuelve es brecha mucho más amplia y profunda cuando se trata de lo referente a los derechos sexuales y aún más de los derechos sexuales de la mujer y del niño.

Una segunda conclusión l respecto a la necesidad y urgencia de una toma de conciencia que tenemos todos los científicos sociales sobre esta temática y la responsabilidad social e histórica que se deriva del ejercicio de nuestras profesiones y liderazgos personales e institucionales de los cuales estamos investidos. Por supuesto que esa toma de conciencia y responsabilidad pasa por la conquistas de nuestros propios derechos a la salud sexual. Sin salud sexual de nada sirve una ciencia o conciencia en hombres y mujeres incapaces o impotentes por sus carencias de salud.
Una tercera conclusión que trasciende lo personal o profesional representa la invitación a ejercitar nuestras capacidades creadoras a partir de la lectura del siguiente resumen, sobre una propuesta para la creación de un “Programa Regional, Municipal e Institucional de Educación Sexual para la Prevención del SIDA, embarazo no deseados, violencia sexual a niños, niñas, adolescentes y mujeres y demás problemas de naturaleza sexológica”; la cual presentamos como ponencia en 1.996 en el VIII Congreso Nacional de Sexología realizado en la ciudad de Barquisimeto. Esto en sintonía el fundamento práctico de todo nuestro quehacer de investigación en el campo de la sexología.
Propuesta de Programa a estudiar:
I. Introducción: Ofrecemos a continuación los cinco elementos que consideramos necesarios asumir en el diseño y realización de un programa regional, municipal e institucional de educación sexual . Es el producto de estudios, investigaciones y experiencias en el campo de la sexología que el autor de este programa ha acumulado por más de catorce años como filósofo, orientador, educador, comunicador social y agente de evangelización. Esperamos sirva de punto de partida para la acción inmediata y su posterior reflexión comunitaria que permita una sustentación teórica y metodológica que den impulso y sostenimiento a un servicio que debe llegar a todos los sectores de la población, y en especial a los sectores populares.
II. Unidad entre ciencia, ética y religión como estrategia clave del programa: lo más práctico y útil es asumir como cultivadores de la sexología el diálogo multidisciplinario que nos descubre una verdad elemental: al hombre como a su sexualidad hay que verlos de manera integral y esto se logra desde todas las ciencias y las creaciones culturales (ética-religión).
III. La múltiple acción sobre la socio cultura para la superación del tabú sexual: La estrategia eficaz para la creación del programa es la de difundir a través de todos los medios de comunicación social ( prensa, radio, televisión.), la temática sexológica con un objetivo bien determinado: concienciar y sensibilizar sobre la necesidad de superar el tabú sexual y desarrollar programas de educación sexual en todos los ambientes: famita, escuela, iglesia, medios de comunicación social y otros.
IV. La descentralización como referencia histórica-política-administrativa de la propuesta: La descentralización representa un momento creador, en el cual, si tenemos claridad de lo que queremos con el programa y desde el liderazgo en el campo sexológico alcanzado, podemos hacer comprender el valor estratégico en los servicios de salud, educación, cultura, deporte , religión y procesos productivos que se dan en la región. Enfrentar los problemas globales en forma conjunta es algo económico y políticamente rentable y fácil. Excluirse de un programa que tiene un impacto social extraordinario es para líderes e instituciones una conducta anti-histórica y anti-ética.
V. Un taller terapéutico pedagógico sexual como herramienta eficaz para el logro del consenso. Hemos diseñado un taller, que probado durante más de ocho años en distintas regiones del país y variados sectores de la población , consideramos cumple con la misión de preparar adecuadamente a los profesionales, líderes sociales y religiosos que asumirán la responsabilidad y el compromiso en el diseño y realización del programa a nivel regional, municipal e institucional.
VI. Programa multi-efectos que asegure amplios respaldos de personas e instituciones. Hasta el presente hemos notado la tendencia a utilizar la estrategia de enfrentar por separado y de manera fraccionada los problemas del SIDA, EMBARAZO PRECOZ , ABORTO, DROGADICCION , ABUSOS SEXUALES , ETC. Todos los estudios y trabajos que venimos realizando en el campo de la sexología, nos revelan con claridad que estos problemas están ENTRELAZADOS y su solución es posible a partir de un PROGRAMA DE EDUCACION SEXUAL MULTI-EFECTOS. Es una elemental exigencia de racionalización que lleva a los programas conjuntos, interinstitucional, multidisciplinarios que nos permitiría superar tanto PARALELISMO, DERROCHE, INEFICACIA Y DISPERSION de los programas que vienen funcionando en todas los organismos públicos y privados que tienen en su solución un común origen y una común respuesta: la educación sexual.
Como última conclusión que toca valores y convicciones profundas, se refiere a uno de los temas irreconciliables no solamente entre científicos y religiosos, sino entre científicos frente a científicos, legisladores frente a legisladores, líderes políticos frente a líderes políticos e inclusive religiosos frente a religiosos, está referido a la Despenalización del Aborto que es lo mismo que la legalización del aborto. Hablo en personal, muy en primera persona en este caso: soy completamente contrario al aborto por cuanto la de las causas que sirven de justificación a los que son favorables al aborto, nos revelan que son previsible la mayoría de las veces, precisamente con programas de educación, orientación y terapia sexual.
La sexología puede ser una herramienta valiosa, útil y fundamental en la defensa de la Vida de los No Nacidos, los más pobres y débiles de los seres humanos, en la medida que sirva para evitar los embarazos no deseados, los abusos sexuales y violaciones a niñas, adolescentes y mujeres estaríamos resolviendo de raíz el problema de los abortos. Cuando podamos con programas permanentes, efectivos y accesibles dar luz y claridad a todos los procesos biológicos, psicológicos, sociales, culturales, éticos, morales, jurídicos, políticos y religiosos que definen y determinan la sexualidad estaríamos ayudando a formar nuevas generaciones que pueden tener mayor conciencia, mayor libertad y mayor responsabilidad con sus comportamientos sexuales.

8. BIBLIOGRAFIA.

- La Biblia de Latinoamericana. Ediciones Paulinas. Madrid, 1972.
- OMS. “Education and Treatmen in Human Sexuality: The Training of Health Professinals”, publicado en 1.975.
- Freud, Sigmund. “Sexualidad infantil y neurosis”; publicada por la Alianza Editorial. Madrid. Sexta reimpresión den 1987;
- Masters, W.H., Johnson, V.E. y Colodny R.C. (1.988): Crísis. La Conducta heterosexual en la era del SIDA. Grupo Editorial Planeta. Argentina.
- Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la República Bolivariana de Venezuela (2003). Decreto Nº 364 publicado en Gaceta Oficial Nº 37.705 de fecha, 05 de junio de 2003. Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva.
- OMS y ONU-SIDA, (2003): Guías de Vigilancia del VIH Segunda Generación.
- República Bolivariana de Venezuela (1.998 y 2007). Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
- República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 2007.


CURRICULUM VITAE

1. Cruz Yayes Barco, Licenciado en Filosofía. LUZ, 1976, Magíster en Ciencias, Orientación de la Conducta. C. I. P .P .S. V., 1988, Curso de Planificación Pastoral. CELAM – SPEV 1988.
3. Profesor en ULA-TACHIRA, UCAT (1978-1986). Sexólogo en UPEL-Rubio (1993-94). Planificador, Orientador y Sexólogo. UNET (1995-2008) Tallerista en Universidades, La Habana y Santiago de Cuba (2006-2007). Profesor, Orientador-Sexólogo y Director Escuelas Públicas y Privadas. (1976- 2004), Sexólogo, Comunidad Terapéutica. Conferencista y Tallerista en sexología: 1985-2007. Productor y locutor de programas de sexología, 1988-2007. Ponente en Congresos de Sexología: Mundiales (Caracas, 1989 y La Habana, 2003), Venezolanos (Barquisimeto, 1996) y otros eventos.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Pornocentrismo.wordpress.com